El pasado viernes, el fiscal coordinador, doctor Fernando Javier Lombardi y el doctor José Pedro Peluffo, Defensor Particular, juntamente con el imputado Dario Alberto Basilotta, solicitaron la aplicación del Procedimiento Abreviado, en el marco de la causa caratulada “C/Basilotta Dario Alberto y otra – Robo calificado por escalamiento”.
Descripción del hecho
Basilotta se encontraba acusado de haber ingresado al Corralón “Jacquet Hnos”, ubicado en Lavalle y Urquiza de la ciudad de San José, con intenciones de robo, para lo cual debieron trepar al techo del galpón ubicado sobre el margen este del comercio, desde allí subieron por una ventana hasta llegar al techo del tinglado, donde cortaron los bulones que aseguraban las chapas, levantaron una de ellas para ingresar al cielorraso de las oficinas caminando unos cinco metros en línea recta y luego hicieron un boquete en el cielorraso de durlock, ingresando a la oficina donde estaba la caja fuerte.
Una vez allí, procedieron a violentarla utilizando una amoladora o similar con la que realizaron un corte hasta descubrir la cerradura y luego de romper ésta, procedieron a sustraer la suma de 60 mil dólares, 25 mil pesos, chequeras, secuestrándose en poder de los imputados, al practicarse el allanamiento en el domicilio sito en Gouchon 511, una importante suma de dinero, un ticket de “Jacquet Hnos”, teléfonos celulares, un ejemplar del diario “El Observador” donde se encuentra remarcada la nota que hace alusión al hecho investigado ocurrido entre las 19:30 horas del día 25 de septiembre y la hora 7:50 del día 26 de septiembre de 2009.”
En relación a la calificación legal, el accionar desplegado por el incurso Darío Alberto Basilotta encuadraba en la figura de “Robo calificado por escalamiento y perforación de defensas (art. 167, inc. 4º, en relación al art. 163, inc. 4º y 167, inc. 3º del Código Penal).
Analizado lo actuado y con los elementos obrantes las partes estipularon que las evidencias recolectadas en la I.P.P. se incorporen oportunamente como acuerdo probatorio y que la escala penal aplicable, las partes convienen la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
Por otra parte se tomó en cuenta que en fecha 30 de septiembre de 2.014 Basilotta, fue condenado a la pena de siete años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y accesorias legales, por la Exma. Cámara de Apelaciones, Sala Penal, de Concepción del Uruguay, por encontrarlo partícipe necesario, penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego (art. 166, inc. 2º, párr 2º, C.P.), hecho que fuera cometido en fecha 9 de agosto de 2.012, donde junto a otros sujetos sustrajeron cerca de 40 mil pesos, una notebook, una netbook, una cámara de fotos, joyas y otros efectos, en la vivienda del arquitecto Rubén Alberto Perno de la ciudad de Colón.
Por esta razón las partes consideraron que resulta pertinente proceder a la unificacion de condenas, correspondiendo aplicar una pena única de ocho años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.-
La audiencia
Así se llegó a la audiencia ante el Tribunal integrado por los doctores Mariano Martínez, Melisa Ríos y Gustavo Ariel Díaz, que escucharon a las partes.
Luego de la palabra del doctor Lombardi, el defensor particular no se opuso y comunicó su renuncia a los plazos casatorios.
El presidente del Tribunal, consultó al imputado si aceptaba su responsabilidad en los hechos y entendía de qué se trataba el juicio abreviado, lo que fue afirmado por el acusado, tras lo cual comunicó al cierre de la audiencia que pasarán a analizar el caso y comunicarán la homologación del acuerdo la semana próxima.
Fuente: 03442
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