Por Franco Scorians
Tal como venimos exponiendo en notas anteriores, el Impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera se ingresa mediante la determinación de un impuesto cedular, siempre y cuando la sumatoria de los intereses “ganados” y percibidos en un mismo periodo fiscal supere a la deducción especial que, para el año 2018 fue de $66.917,90. Esta, coincide numéricamente con el mínimo no imponible, pero no posee el mismo origen conceptualmente hablando.
Dada la inestabilidad de nuestro país en materia política-económica, nos vemos obligados a preguntarnos constantemente que conviene hacer con nuestros ahorros de manera tal que los mismos sufran el menor deterioro posible en su poder de compra. Para ello, es necesario, realizar una buena planificación fiscal teniendo en cuenta el perfil del inversor (que tipo de inversión busca en función al riesgo que quiera asumir) como también así los impuestos que se deben pagar por las ganancias obtenidas sean están reales o no. Obviamente que este concepto de “ganancia” no siempre se ajusta a la realidad dado que siempre que se hable de rentabilidad, se debería tener en cuenta la depreciación en la pérdida del poder adquisitivo de la moneda (inflación) caso contrario corremos el riesgo de gravar “ganancias ficticias”.
Como los impuestos impactan en la rentabilidad de las inversiones, creemos que el siguiente caso puede ser de gran utilidad para el pequeño ahorrista, de modo que pueda dilucidar a partir de que monto empezará a pagar el Impuesto a las Ganancias simplemente por tomar la decisión de constituir un depósito a plazo fijo.
Consideremos la inversión financiera más simple que conocemos, que es la colocación a plazo fijo por el método tradicional (sin cláusula de ajuste) de una suma de dinero en pesos en una entidad bancaria durante un periodo de tiempo. Hoy en día las tasas que pagan los bancos son altas, tentadoras desde el punto de vista económico financiero ya que, si consideramos la TNA (Tasa nominal anual) de los diferentes agentes que captan inversiones, observamos valores que oscilan entre el 43% y el 52.5 % en un plazo fijo convencional por un monto de $100.000 a 30 días de plazo.
Tomemos como referencia la tasa que ofrece el Banco de la Nación Argentina, que ofrece una TNA de 52 %. Las tasas ofrecidas por otros bancos pueden consultarse en el siguiente link(http://www.bcra.gov.ar/BCRAyVos/Plazos_fijos_online.asp), y realizar la operación en aquel que nos inspire más confianza o el que nos ofrezca mayor rendimiento.
Ahora bien, la deducción especial para el 2019 es de $85.848,99, por lo tanto, si la suma de los intereses ganados supera dicho monto, pagaremos sobre el excedente el 5% en concepto de impuesto a las ganancias por la renta financiera obtenida.
Habiendo arribado a esta instancia, surge casi inmediatamente la necesidad de tomar una decisión. En general, la dicotomía se encuentra en invertir los ahorros en un plazo fijo o comprar una moneda dura como el dólar estadounidense que no se erosiona como la moneda doméstica, sino que por lo contrario, ante eventuales factores internos o externos incrementa su valor nominal. Cuando decimos factores internos por ejemplo nos referimos a la incertidumbre política mientras que cuando nos referimos a factores externos, podemos mencionar de reciente actualidad, la decisión que tomo el gobierno de China de devaluar el yuan y el impacto que produjo sobre la moneda estadounidense en nuestra economía como así en otras economías principalmente de países emergentes. Ante este escenario nos preguntamos: ¿Cuánto debería incrementarse el tipo de cambio para que sea conveniente comprar dólares en lugar de realizar un plazo fijo? Respuesta que le interesa sobre todo al pequeño ahorrista, que lo único que pretende es que sus ahorros no pierdan tanto poder de compra.
Para poder contestar esta pregunta, debemos mantener fijos ciertas premisas iniciales: que la inmovilización del capital no es un problema y que no existe riesgo de que los depósitos no sean devueltos al inversor, ya que los bancos cuentan por plazo fijo con una garantía por persona de hasta $1.000.000 (Ley 24.485, Decreto Nº 540/95 y modificatorios y Com. "A" 2337 y sus modificatorias y complementarias).
Ahora bien, supongamos que disponemos de esa suma y la invertimos a 90 días a una TNA de 52%. A la fecha de vencimiento habremos obtenido la suma de $128.219,17 en intereses que pagarán un Impuesto a las Ganancias de $2.118,50, por lo cual el rendimiento neto será de $126.100,66 nominales o, en términos relativos, del 12.61% (sin tener en cuenta el efecto inflacionario). Recordemos que en este caso la fecha de vencimiento de la imposición será el 5 de noviembre de 2019 si consideramos que la imposición la realizamos el 5 de agosto de 2019. Adicionalmente, al día de la fecha el tipo de cambio vendedor es de $ 46.61 según lo que publica el Banco de la Nación Argentina, por lo cual a dicha fecha podríamos comprar U$D 21.454,62, por lo tanto, para obtener el mismo rendimiento que en el depósito a plazo fijo a 90 días, el tipo de cambio a la fecha de vencimiento debería ser igual a $ 52.49 pesos por dólar; lo cual implica una variación en el tipo de cambio igual al rendimiento obtenido en pesos anteriormente mencionado (12.61%). Por lo tanto aquí tenemos el primer umbral de decisión: si consideramos que en 90 días el tipo de cambio va a aumentar en más que el 12,61% nuestra decisión debería ser la compra de dólares en lugar de inmovilizar el capital por el tiempo de imposición. A su vez la ventaja evidente adicional es la disponibilidad del dinero, liquidez, durante el lapso considerado, cuestión que no ocurre en el plazo fijo ya que el capital estará fuera de disposición por el tiempo que dure la inversión.
Otros datos a tener en cuenta que nos podrán ayudar a inclinar la balanza hacia uno u otro lado es el procesamiento de los datos que nos suministran los medios de comunicación. Si creemos fervientemente como dicen los analistas “políticos-económicos” que el tipo de cambio está atrasado y que dicho atraso podría oscilar entre el 24% y el 28 %, porcentaje en que debería variar el TC nominal, nuestra decisión claramente se inclinaría hacia la compra de divisas extranjeras. En cambio, si nos inclinamos hacia la postura de que la inflación, sumada a la tasa que paga el BCRA a los bancos por las Leliqs (hoy por encima del 60 %) no son un problema, probablemente nos convenga invertir en plazos fijos convencionales aprovechando las atractivas tasas que los tomadores de inversiones ofrecen al público en general.
Tomar decisiones de inversión en un contexto de estanflación (recesión e inflación) y gran incertidumbre política-económicas como la que está atravesando nuestro país, nos lleva tener que realizar constantemente tareas de planificación fiscal a fin de poder tomar mejores decisiones. El asesoramiento impositivo y financiero pasó a ser (desde un tiempo a esta parte) de real importancia a la hora de planificar y determinar la rentabilidad de las inversiones. Los individuos deben educarse financieramente o solicitar el asesoramiento adecuado y así poder proteger el consumo futuro de los vaivenes macroeconómicos en los que estamos inmersos los argentinos desde tiempos inmemoriales.
Franco Scorians
Contador Público (UNLP)
Especialista en Tributación (UNLP)
Mat. 4661 C.P.C.E.E.R
Remedios de Escalada Nº 1580 – San José (E.R)
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