En audiencia de juicio abreviado, desarrollada en el Juzgado de Garantías de la ciudad de Colón, presidida por la jueza Natalia Céspedes, se confirmó la condena a sujeto acusado de perpetrar un asalto a mano armada.
Fue este martes por la mañana, en la causa "”Claro Pablo Daniel S/Robo agravado -art. 166 último párrafo del código penal- (en perjuicio de la firma Innovate)", donde estuvo presente el acusado Pablo Daniel Claro, alias "Pelado" o "Pillin", de 41 años de edad, junto a su abogada la Defensora Auxiliar -interina- Dra. Abril Otegui y el fiscal Nº 1 de Colón, doctor Sebastián Blanc.
El hecho intimado
El caso que se investigó por parte del fiscal Blanc, fue el que cometiera este en fecha 28 de marzo de 2022, cuando aproximadamente las 19:15 hs, ingresó al local comercial ubicado en calles Lavalle y Mitre de San José, denominado "Innovate", dedicado a la venta de celulares, haciéndose pasar por un cliente.
En ese momento, aprovechando que quedó solo, se acercó al mostrador y exhibiéndole un arma de fuego, tipo pistola 9 mm, le dijo a la empleada del lugar "Quedate quieta porque te quemo", apoderándose de tres celulares que se encontraban en el mostrador, marcas Samsung A12; Motorola Moto G 20 y Moto E 29, más la suma aproximada de cincuenta mil moneda nacional y un billete de cien dólares estadounidenses, guardando estos elementos en una bolsa plástica para luego escapar del local en una bicicleta tipo playera color gris desgastada.
Esto fue imputado como “Robo con arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede ser acreditada”, llegándose a un acuerdo de partes, por lo que se solicitó se le imponga al encartado la pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo, declarándoselo reincidente por segunda vez.
Escuchadas las partes y una vez analizada la presentación, la jueza dialogó con el acusado y dispuso declarar que Pablo Daniel Claro, autor penalmente responsable del delito señalado por la Fiscalía y condenarlo a la pena solicitada, con declaración de segunda reincidencia, pena que comenzará a ejecutarse una vez que adquiera firmeza la presente en la Unidad Penal Nº 2 de Gualeguaychú.
Fuente: 03442
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