Se estableció que la autorización dispuesta está supeditada al cumplimiento de las previsiones contenidas en el Protocolo de Actuación para la Prevención y Control del COVID-19.
Dispone que para el reinicio de las actividades previstas se deberá contar con la habilitación municipal o comunal según corresponda quienes fiscalizarán la correcta aplicación del protocolo y de las demás previsiones contenidas en la presente norma de forma coordinada con los órganos provinciales y nacionales según corresponda.
Este decreto se emite luego de la solicitud de factibilidad que hiciera el gobernador Gustavo Bordet y posterior autorización del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, de las actividades artísticas y culturales en vivo, con espectadores, en espacios culturales independientes y públicos.
Esta autorización se funda en la evolución epidemiológica favorable de la provincia y en base a los indicadores sanitarios, los cuales han sido analizados de forma previa por nuestra máxima autoridad sanitaria provincial, el Comité de Organización de Emergencia de Salud (COES).
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