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Economía

¿Medidas económicas o maquillaje pre-electoral?

El Poder Ejecutivo Nacional lanzó un paquete de medidas económicas de modo de atenuar los efectos de la inflación y dar un poco de alivio a los bolsillos de los asalariados y trabajadores autónomos.
Franco Scorians

Por Franco Scorians

El miércoles 14 de agosto, luego de las elecciones “PASO” (primarias abiertas simultaneas y obligatorias) y dada la fuerte devaluación de nuestra moneda, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) lanzó un paquete de medidas económicas de modo de atenuar los efectos de la inflación y dar un poco de alivio a los bolsillos de los asalariados y trabajadores autónomos. Para el Estado Nacional representa un costo fiscal cercano a los 40 mil millones de pesos. En su conjunto dichas medidas intentan “inyectar pesos” a la economía de modo tal dereactivar el consumo vía un incremento en el valor nominal del salario.

A través del Decreto Nº 561, sancionado el 15 Agosto se dieron dichas medidas. Por su parte la AFIP, a fin de reglamentar el mencionado decreto, sancionó una batería de Resoluciones Generales (RG): 4546, 4547 y 4548 con fecha 16/08, RG 4556 con fecha 21/08 y hasta la publicación del presente artículo se siguen reglamentando en materia económica e impositiva dado los profundos cambios que de dicha norma madre trajo aparejado.

En la presente nota describiremos los aspectos más relevantes de estas medidas.



BENEFICIOS A TRABAJADORES
Trabajadores que pagan el Impuesto a las Ganancias:
Se estableció un incremento del mínimo no imponible (MNI) del salario bruto y de la deducción especial (DE) en un 20%para aquellos contribuyentes que perciban rentas de cuarta categoría (empleados públicos, trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados) con vigencia desde el 1º de enero de 2019. Como consecuencia, los nuevos valores pasan a ser: el MNI de $103.018,79 y la DE de $494.490,19. No obstante, las cargas de familia (cónyuge e hijos) no se vieron incrementados.

De este modo, el sueldo bruto a partir del cual se empezará a pagar el impuesto a las ganancias será de $55.376 para un trabajador soltero, mientras que para uno casado con dos hijos menores de 18 años será de $70.274 (quien deduzca en su totalidad cónyuge y ambos hijos).

Dado el cambio en las deducciones y la aplicabilidad desde el 1 de enero de 2019 existirá un excedente en el total retenido al trabajador, el cual será devuelto por el empleador en 2 cuotas iguales en los meses de Septiembre y Octubre de 2019 (exteriorizadas inequívocamente en los recibos de sueldo correspondientes bajo el concepto de “Beneficio Decreto 561/19), viendo de este modo incrementado su salario en forma extraordinaria como efecto de esta devolución.

Adicionalmente, los trabajadores en relación de dependencia no pagarán uno de los impuestos al trabajo (aportes personales con destino al SIPA del 11% del sueldo bruto) durante los meses de Agosto y Septiembre de 2019 con un tope de $2.000 por mes (los cuales se percibirán en Septiembre y Octubre). Esta medida alcanzará exclusivamente a quienes tengan salarios brutos menores a $60.000 mensuales. Esto generará un incremento del salario en dicho monto, siendo el Estado Nacional el encargado de absorber dicho costo.

Trabajadores autónomos
Respecto a los trabajadores autónomos, se estableció una reducción del 50% de los anticipos que estos deben ingresar en concepto del Impuesto a las Ganancias en los meses de octubre y diciembre de 2019.

Monotributistas
No pagarán el componente impositivo (“impuesto integrado”) del mes de septiembre de 2019, siempre y cuando hayan cumplido con el pago correspondiente a los meses de enero a agosto de 2019 o hubieran cumplimentado dicho requisito mediante la adhesión a un plan de pago. Para cumplir dicho requisito hubo tiempo hasta el pasado lunes 21 de Agosto, fecha en la que vencía la cuota correspondiente al mes de Agosto del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.

Trabajadores informales y desempleados
Para los trabajadores informales y desempleados que perciban una asignación universal, se establecieron dos pagos extras de $1.000 por hijo, uno en septiembre y otro en octubre.

Empleados públicos, Fuerzas Amadas y fuerzas de seguridad Federales
Para los empleados de la administración pública nacional, las fuerzas armadas y las fuerzas de seguridad federales se les pagaráun bono de $5.000 a fin de mes.



OTRAS MEDIDAS

Plan temporario de facilidades de pago
La AFIP, mediante la RG 4557, lanzó un plan de pagos a 10 años (120 cuotas) para poder regularizar deudas impositivas. En este plan podrían incluirse deudas vencidas hasta el 15/9/2019 y habrá tiempo para inscribirse desde el 2/9/2019 hasta el 31/10/2019. Se prevé una tasa de interés tope de 2,5% mensual sobre saldo para la primera cuota, luego la tasa será variable y se ajustará en forma trimestral. La primera cuota vencerá el 16/12/2019 y tanto el anticipo como las cuotas no podrán ser menores a $1.000.

La caducidad se producirá al tener 3 cuotas impagas, consecutivas o no; y la misma se hará efectiva a los 60 días corridos de haber operado el vencimiento, lo que habilitará a la AFIP a interponer las medidas judiciales que considere con el fin de cobrar las deudas impositivas.

Mejoras temporales para acceder a los planes de pago
Se estableció que hasta el 31/12/2019, no se tendrá en cuenta el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) para acceder al régimen de facilidades de pago permanente, y se amplía de 6 a 10 la cantidad máxima de planes vigentes a la que pueden acceder las pymes.

Suspensión de medidas cautelares
Mediante la RG 4557, art 20, se suspende por el término de noventa (90) días corridos desde el día 14 de agosto de 2019, la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas, inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES”, creado por la resolución 220 del 12 de abril de 2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo, así como aquellos contribuyentes que sean asimilados a tales sujetos.

Becas Progresar
Los estudiantes que reciben las “Becas Progresar” tendrán un aumento del 40% desde el mes que viene pasando a ser: para estudiantes terciarios o universitarios de una carrera estratégica de $2.520 y para un estudiante de último año de una carrera estratégica de $6.440 por mes.

Naftas y combustibles
El gobierno se comprometió a congelar por el plazo de 90 días el precio de la nafta y los combustibles.

Reducción de la alícuota de IVA para productos de la canasta básica
Mediante la sanción del Decreto Nº 567/19 se reduce temporalmente a 0% la alícuota a las ventas a consumidores finales de determinados productos de la canasta básica. Los alimentos incluidos son los siguientes: aceite de girasol, maíz y mezcla; arroz, azúcar, conservas de frutas, hortalizas y legumbres, harina de maíz, harinas de trigo, huevos, leche fluida entera o descremada con aditivos, pan, pan rallado y/o rebozador, pastas secas, yerba mate, mate cocido y té, yogur entero y/o descremado.

Esta medida tendrá efecto hasta el 31/12/2019.



Algunas conclusiones sobre las medidas dispuestas por el PEN

Esta batería de medidas, todas temporales, nos dejan sabor a poco y manifiestan una intención de generar una ilusión pasajera en el mejoramiento de los ingresos nominales de las familias. De un tiempo a esta parte estamos sobreviviendo en una economía estancada, con inflación y recientemente devaluada, lo cual nos hace estar inmersos en una problemática de difícil solución al menos en el corto plazo y que, indefectiblemente, nos genera inconvenientes intransitables en el mediano-largo plazo.

Analizando en general y dejando el particular de cada una de las iniciativas para análisis futuros, vemos que todas tienen tono electoralista, intentando de alguna forma torcer o revertir las manifestaciones públicas que la ciudadanía ha realizado en las últimas elecciones primarias.

La última devaluación que llevó el tipo de cambio a los 57 pesos por dólar nos dejó al borde del abismo ya que la experiencia nos indica que luego de un ajuste del tipo nominal de la divisa viene aparejado un ajuste que se extiende a la mayoría de los precios de la economía. Hasta julio se venía observando una disminución en la inflación mensual, hecho que veremos interrumpido y observaremos como en los meses siguientes, el índice mensual seguramente supere los 5 puntos generando un grave daño a la economía de las familias, sobre todo a las de menores recursos que se encuentran imposibilitadas de acceder a las necesidades básicas elementales. Un dato de reciente es que para no ser considerado pobre una familia necesitó en el mes de Julio la cantidad de $32.000, suma que se hace inalcanzable sobre todo teniendo en cuenta que el Salario Mínimo Vital y Móvil se encuentra en aproximadamente un tercio de dicho valor.

En el plano de las economías regionales, las pequeñas y medianas empresas (PYMES) son las que más sufren los impactos de la recesión. La falta de consumo sumada a la escalada en el valor de los servicios y en la presión tributaria, no hace más que agravar una situación que viene siendo dramática; cuestión que se ve exteriorizada por los cierres compulsivos y continuos de empresas. La desindustrialización ineludiblemente genera pobreza, mayor cantidad de personas y familias desamparadas convirtiéndolas o arrastrándolas a sectores de vulnerabilidad social.

En el mismo orden de ideas, vemos insuficientes los planes de facilidades para PYMES dado que es una herramienta que puede llegar a servir transitoriamente a fin de estas puedan cubrir sus obligaciones impositivas, pero que, en definitiva, no permiten revertir su situación económico-financiera generada por la falta de crecimiento acumulado en este periodo bajo análisis.

Asimismo, no podemos dejar de mencionar que los alivios propuestos además de ser insuficientes en la mayoría de los casos, algunos hasta están mal elaborados. Sin ir más lejos la reducción en la alícuota de IVA nos parece una medida que tendrá un efecto entre leve y nulo ya que difícilmente se vea traducida a precios sobre todo en los minoristas. Mucho más efectivo hubiera sido la devolución del IVA a los sectores de mayor vulnerabilidad social y no una reducción por decreto y para todos los sectores de la economía.

La economía se encarga de administrar los recursos escasos en sus diferentes usos alternativos, cosa que parece no ser tenida en cuenta por los responsables de tomar decisiones. Las medidas se parecen más a maquillaje pre electoral, a “medidas populistas” por definición, que quieren o intentan revertir la decisión de un votante decepcionado y ahogado por la realidad macro económica que le toca vivir.



Franco Scorians

Contador Público (UNLP)

Especialista en Tributación (UNLP)

Mat. 4661 C.P.C.E.E.R

Remedios de Escalada Nº 1580 – San José (E.R)

[email protected]

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Autor: Franco Scorians

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