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Política

Crearon el Concejo Deliberante Estudiantil en Villa Elisa

Funcionará como organismo de instancia analítica de estudios, sugerencias y elaboración de propuestas que tiendan a dar solución a sus propias problemáticas y a otras que, desde su punto de vista, tengan que ver con su rol estudiantil, social y educ

Atentos a la necesidad de brindar un espacio de participación efectiva para los jóvenes de la ciudad, donde puedan ser protagonistas de la actividad legislativa; se creó en la Ciudad de Villa Elisa el Concejo Deliberante Estudiantil, el que funcionará en las instalaciones del Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Elisa.

La creación del Concejo Deliberante Estudiantil, mediante ORDENANZA Nº 1876, permitirá que los estudiantes secundarios conozcan la actividad legislativa y se apropien de los mecanismos institucionales democráticos, con sus alcances y limitaciones, aprendiendo a valorarlos como forma de gobierno y considerando las múltiples variables que implica la toma de decisiones legislativas.

El Concejo Deliberante Estudiantil estará compuesto por estudiantes de nivel medio de la Ciudad, los que será elegidos por el voto universal, secreto y obligatorio de sus pares.

Son condiciones mínimas para ser electo Concejal Estudiantil: Tener 18 años o menos; Ser estudiante regular de instituciones educativas de nivel medio de la Ciudad de Villa Elisa; los Concejales Estudiantiles durarán en su cargo un período de sesiones, pudiendo ser reelectos una vez en forma consecutiva o alternada.

El Concejo Deliberante Estudiantil funcionará como organismo de instancia analítica de estudios, sugerencias y elaboración de propuestas que tiendan a dar solución a sus propias problemáticas y a otras que, desde su punto de vista, tengan que ver con su rol estudiantil, social y educativo. Podrá elaborar proyectos de Ordenanza, Decreto, Resolución y Minuta de Comunicación, según las definiciones fijadas por la Ley Provincial Nº 10.027 y su modificatoria. Para ser considerados válidos, los proyectos elaborados no deberán implicar la reasignación de partidas presupuestarias, modificatorias a las remuneraciones del personal municipal, erogaciones de capital o gastos ostentosos.

Los Proyectos, aprobados por el Concejo Deliberante Estudiantil, son de carácter no vinculante e ingresarán por Secretaría del Concejo Deliberante, pudiendo ser tratados durante el período de sesiones vigente.

Se creará la Comisión Organizadora del Concejo Deliberante Estudiantil, que estará conformada por tres miembros del Concejo Deliberante , un concejal por la mayoría y un representante de las minorías, y el Presidente del Concejo Deliberante, el Secretario del Concejo Deliberante y los docentes asesores de cada institución. La función de la Comisión será promover y acompañar el funcionamiento del Concejo Deliberante Estudiantil. También podrá convocar a la participación juvenil mediante Asamblea Pública en fecha en que determine la Comisión Organizadora.

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