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Economía

Se creó el programa “Marca Entre Ríos” para fomentar bienes y servicios locales

El objetivo es promover políticas públicas orientadas a denominar el origen y promocionar bienes y servicios producidos en la provincia. El Estado provincial será el titular de la marca e implementará incentivos fiscales, crediticios y de promoción p

La ley Nº 10521 fue sancionada por la Legislatura entrerriana el 26 de septiembre pasado y recibió promulgación el 11 de octubre.

El Programa “Marca Entre Ríos” fue creado con el fin de promover políticas públicas orientadas a denominar el origen y promocionar los bienes y servicios producidos en el territorio provincial, ya sea para el comercio interno, nacional o internacional.

El Estado provincial será titular de la marca; su administración quedará a cargo de la autoridad de aplicación. El Poder Ejecutivo deberá realizar las acciones pertinentes a fin de registrar la “Marca Entre Ríos” en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual. Además tendrá que hacer las gestiones necesarias para lograr el reconocimiento de la marca en los organismos nacionales vinculados al comercio internacional de bienes y servicios.

Entre los objetivos del programa se destacan el fomento de producciones destinadas en medida significativa a mercados externos, caracterizadas por su designación de origen, y por ser originadas en industrias radicadas en el territorio provincial, con especial énfasis en las pymes; y la promoción del aumento de la producción de bienes y servicios con mayor valor agregado. También se busca estimular el crecimiento del valor de las exportaciones, con la colocación de productos calificados por su designación de origen; favorecer el proceso de inversión industrial, con énfasis en la creación y el desarrollo de las pymes; y propender a la revalorización del territorio, para generar la promoción directa o indirecta de inversiones.




Requisitos

Será el Poder Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación, quien autorizará el uso de la marca a productores y fabricantes de bienes y servicios que cumplan con los requisitos que se fijen en esta ley y en la reglamentación correspondiente.

Para acceder al uso de la Marca, el establecimiento elaborador de los bienes deberá estar radicado en Entre Ríos. Además, los bienes que produzca tendrán que tener “atributos de calidad tal que ameriten el uso de la marca” y “un nivel mínimo de origen provincial en la integración de materia prima, parte y piezas de producción, de modo que privilegie los eslabones regionales de las cadenas productivas”.

La ley Nº 10521 –de autoría del senador Nicolás Mattiauda (Cambiemos-Gualeguaychú)– establece que la reglamentación “deberá contemplar estándares que se consideren apropiados según la especificidad, características y condiciones de cada región sector o rubro industrial de la jurisdicción”.




Incentivos

El Poder Ejecutivo dispondrá las acciones y medidas necesarias para implementar incentivos fiscales, crediticios y de promoción para quienes accedan al uso de la Marca.

También se encuentra autorizado para convenir con el Poder Ejecutivo nacional y sus organismos competentes, beneficios, franquicias y exenciones para los bienes y servicios que detenten la “Marca Entre Ríos”. En ese sentido, podrá convenir la aceptación de la marca por parte del Poder Ejecutivo nacional, en los envíos y en el documento que lo acompaña como “Denominación de Origen”, para los trámites de comercio internacional frente a la Nación.

Asimismo, el Poder Ejecutivo provincial podrá iniciar las acciones pertinentes contra quienes obtengan usufructo de la Marca, sin cumplir con los requisitos establecidos.

Por último, la ley dispone que todos los comercios radicados en el territorio de la Provincia deban ubicar los productos adheridos al Programa “Marca Entre Ríos”, para su exhibición o venta, en un lugar privilegiado en góndola, siendo, a su vez, destacados con la leyenda “Prefiera productos entrerrianos. Apoye el trabajo local”. (

Fuente: APF Digital

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